LA NORMA FEDERAL OFICIAL MEXICANA NOM-081-SEMARNAT-1994, ESTABLECE LOS LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE RUIDO Y SU MÉTODO DE MEDICIÓN,
SIENDO REFORMADOS EL 6 DE NOVIEMBRE DE 2013
PARA QUEDAR ESTABLECIDOS DE LA SIGUIENTE MANERA:

La contaminación acústica es un problema ambiental importante con cada vez mayor presencia en la sociedad moderna, ya que se generan diferentes tipos de ruido que, de acuerdo a su intensidad, frecuencia y tiempo de exposición, repercuten no sólo en los seres humanos sino en los seres vivos que conforman los ecosistemas en los que se encuentra inmersa la población humana.
El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, mandato constitucional que implica la protección del conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados.
El artículo 155 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, prohíbe las emisiones de ruido en cuanto se rebasen los límites máximos establecidos en las normas oficiales mexicanas expedidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, considerando los valores de concentración máxima permisibles para el ser humano de contaminantes en el ambiente que determine la Secretaría de Salud.
La norma oficial mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el trece de enero de mil novecientos noventa y cinco, que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición, tema normativo cuya modificación se reiteró en el Programa Nacional de Normalización publicado en el mismo medio de difusión oficial el veintinueve de abril de dos mil trece.
No obstante la existencia de la regulación normativa señalada en el párrafo anterior, nuestro país, a nivel internacional, sigue señalándose como ejemplo de naciones en las que se han incrementado los problemas generados por la contaminación acústica. Por ejemplo, la Organización Mundial de la Salud ha estimado que, al menos, 120 millones de personas en el mundo presentan problemas auditivos a consecuencia del ruido excesivo al que están sometidos.
Por su parte, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), ha informado que trece millones de habitantes de sus países miembros, entre ellos México, se encuentran expuestos a un nivel sonoro superior a 65 decibeles.
Lo anterior, impele a adoptar medidas concretas de protección para la salud humana.

